Tragamonedas: ¿azar o destreza?

La definición de las máquinas slots como aparatos de azar o destreza sigue llevando a los operadores chilenos de este servicio a una contienda legal que parece no tener un fin claro.

Una semana más vuelve la polémica sobre las máquinas tragamonedas y sobre su actividad en locales comerciales y en establecimientos acreditados. El debate lleva muchos días sobre la mesa y las opiniones siguen divididas entre los que piensan que las tragamonedas son juegos de destreza y pueden ser instaladas en tiendas privadas y los que opinan que son aparatos de azar y por tanto estos deben estar colocados solamente salas y Casinos de juego autorizados.

La Contraloría General de la República es el organismo encargado de resolver dicho enfrentamiento, pero parece que la respuesta ofrecida en informe 92.308 publicado a finales de 2016 sigue sin dejar las cosas claras. El dictamen recoge que son las municipalidades quienes deben exigir las licencias pertinentes para poder explotar las máquinas de juegos electrónicos y la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) sería por su parte, la encargada de dar constancia si son de azar o no.

La confusión está en que según marca la Ley 19.995 que controla el correcto manejo de casinos y juegos dice que la explotación de máquina tragamonedas no está permitida fuera de los salones de juego legalmente habilitados para ello, mientras que la nueva enmienda dice que quien desee instalar dichos dispositivos deberá de presentar la licencia correspondiente para determinar si son de azar o no. Muchos de los operadores se pregunta: ¿qué ocurre con los permisos ya otorgados?, ¿serán estos retirados?, ¿es mi máquina de azar o de destreza?

Jorge Bermudez Contraloria Chile

El controlador general chileno Jorge Bermudez durante una intervención (Foto: UCV)

Para el controlador que firma la resolución, Jorge Bermúdez, no existe confusión alguna a la hora de aplicar la normativa y como él mismo explica,

Son los municipios quienes deberán requerir al interesado que acompañe un informe de la SCJ en el que conste que ese aparato no es susceptible de ser registrado en el catálogo, justamente por no tener la naturaleza de juego de azar (…). De esta forma, si en el marco de un procedimiento de otorgamiento de patente comercial, la SCJ determina que se trata de una máquina de juegos de azar, la respectiva entidad edilicia deberá abstenerse de otorgar la patente solicitada, pues nuestro ordenamiento jurídico prohíbe la explotación de las máquinas de azar al margen de la ley.

Con el fin de evitar que cada uno interprete las leyes como quiera, la Contraloría ha querido pronunciarse para aclarar el asunto y ha afirmado que:

El dictamen establece que no es posible que el municipio determine directamente si la máquina es de azar o, por el contrario, es de destreza (tampoco mediante un simple informe de un técnico electricista, como sucedía en algunos municipios en la práctica). Por lo tanto, para otorgar la patente el municipio deberá primero verificar que la máquina no esté incorporada en el registro de juegos de azar. En caso que no esté en el mencionado registro, la municipalidad deberá requerir al interesado que acompañe un certificado de la Superintendencia de Casinos de Juegos.

La finalidad de esta normativa es frenar el incremento del juego ilegal en nuestra nación y una manera de regular la industria del entretenimiento. Y así lo ha manifestado Daniel García, ex presidente de la Superintendencia de Casinos de Juego con sus declaraciones:

Se trata de un dictamen importante, ya que aclara el procedimiento que deben seguir los municipios para otorgar una patente comercial a locales que exploten máquinas de juego, evitando que prolifere el juego ilegal en nuestro país. A partir de los estudios realizados por la superintendencia, en particular del catastro de locales que explotan máquinas de juego, se detectó que, en general, las máquinas de juego que entregan premios en dinero son de azar.

Para avivar un poco más la llama desde la Asociación Gremial de Operadores, Fabricantes e Importadores de Entretenimientos Electrónicos (FIDEN) han presentado un recurso de amparo económico ya que consideran que, según sus portavoces:

Este dictamen priva, perturba y amenaza el derecho de igualdad ante la ley, a no ser juzgado por comisiones especiales, a desarrollar actividades económicas lícitas y el derecho a lo no discriminación arbitraria que debe dar el Estado.

La demanda ya ha sido admitida a trámite y solo falta escuchar cual es la resolución. La polémica está servida.