La Corte de Apelaciones de Chillán mantiene su política de clausura de centros de entretención ilegales en la localidad chilena, desestimando inclusos recursos de protección presentados por algunos de los propietarios de los inmuebles.
La justicia de nuestro país sigue luchando cada día para que únicamente casinos y salones de juego que cumplen con la normativa puedan seguir operando de manera regular. Y, no solo eso, sino que se mantiene -en colaboración con la SCJ y la policía nacional- en la búsqueda y cierre de locales que no cumplan con la normativa vigente.
Así fue como se cerraron el pasado mes de junio alrededor de 25 casinos populares que se encontraban repartidos por diferentes zonas del municipio chileno. Sin embargo, y como era de esperar, varios de los empresarios que se vieron afectados decidieron apelar en contra de tal decisión, con la esperanza de la reapertura de dichos centros.
Es el caso de María Navarrete Molina, propietaria de uno de los mini casinos envueltos en los cierres. La gerente interpuso un recurso de protección de tres de estos establecimientos, con la intención de anular la ordenanza municipal interpuesta por la municipalidad y reabrir al público. Algo que parece no va a ocurrir de momento.
De hecho, la Corte de Apelaciones integrada por los ministros Claudio Arias, Guillermo Arcos, Darío Silva y Christian Hansen, rechazó el recurso de Navarrete por encontrar la ordenanza municipal totalmente consecuente con la situación de dichos locales.
Así lo expusieron los magistrados en un escrito que expone la situación en la que se encontraban dichos centros y la consecuente actuación de la municipalidad:
El cierre de muchos de los salones de juego implicados tiene que ver con la operación de máquinas de azar ilegales.
Que, del mérito de los antecedentes, apreciados conforme a las reglas de la sana critica, consta que la ordenanza municipal vigente se ajusta completamente a derecho y que por ende no cabe atribuir ilegalidad alguna a la Municipalidad de Chillán, por lo que es de cargo del recurrente acreditar que ha cumplido con todas las exigencias contenidas en ella para ejercer lícitamente su actividad económica, de lo que no se ha aportado prueba en el presente recurso.
[…] se puede concluir que la recurrente contaba con patentes provisorias que la autorizaban para desarrollar la actividad económica consistente en “Salas de Billar, Bowling, Pool y Juegos Electrónicos -solo pelucheras, mesas de aire y kiddies-”, es decir, actividades que no pueden estimarse reguladas por la Ordenanza que rige los juegos de destreza o de habilidad y por ello el otorgamiento de las patentes provisorias.
Sin embargo, de acuerdo a las fotografías acompañadas por la parte recurrida, se puede desprender fácilmente, sin necesidad de pericia alguna, que las máquinas que funcionaban en los locales de la recurrente no constituían “pelucheras, mesas de aire o kiddies, ya que ellas constituyen juegos electrónicos más avanzados, que no contaban con las exigencias señaladas en la tantas veces mencionada Ordenanza que regula los juegos de destreza.
En efecto, la Municipalidad de Chillán se encuentra impedida de autorizar actividades ilegales, como son por ejemplo, los juegos de azar, de manera que solo puede otorgar patente para máquinas de juego de habilidad o destreza, señalándose en dicha Ordenanza las condiciones exigidas para el otorgamiento de patente comercial de esta última actividad […]
Que, así las cosas no se advierte que el recurrido haya incurrido en algún acto ilegal o arbitrario, sino por el contrario, se ha limitado a dar estricto cumplimiento a sus obligaciones dentro de la esfera de su respectiva competencia, conforme al principio de legalidad constitucional.
Para concluir, no se descarta que otros propietarios interpongan derechos de protección contra la ordenanza municipal, por lo que estamos casi seguros que los integrantes de la Corte de Apelaciones de Chillán tendrá que enfrentarse a situaciones de esta índole en un futuro cercano.